España: Penas de cárcel a 13 jóvenes por resistencia contra el desalojo
INSURGENTE.ORG – Un juez de Barcelona ha condenado a penas que oscilan entre un año y un año y medio de cárcel a trece jóvenes por «montar barricadas, atacar oficinas bancarias y lanzar objetos a la policía» durante las manifestaciones contra el desalojo de Can Vies en Barcelona.
A ocho de lso acusados se les atribuye un delito de atentado y otro de desórdenes, y la condena es de 18 meses. A los otros cinco a un año por un delito de atentado, frente a los cinco años y diez meses de prisión que solicitaba la fiscalía.
Según la sentencia, en ambos casos se impone la pena mínima prevista en cada delito porque en el caso de atentado «no se puede imponer la agravante de que lanzaran objetos contundentes», mientras que en el de desórdenes se estima que, «dentro de la gravedad del delito, su impacto fue menor».
En la sentencia, el juez ha dado credibilidad a la versión de los Mossos, cuyo relato es la única prueba que incrimina a los acusados. De hecho, precisa que solo tiene dos opciones, «creer la versión policial o considerar que es falsa». Ante ello, concluye que «la Policía no miente», por lo que condena a los acusados.
Según apunta la agencia Efe, algunos de los condenados ya ha confirmado que recurrirá la pena.
El pasado mes de febrero, este mismo juzgado dictó sentencia respecto de otros de los manifestantes de Can Vies, uno de los cuales fue condenado a tres años y nueve meses de prisión por lanzar una botella a la Policía, la pena más alta impuesta por aquellos incidentes.
En otro juzgado también el pasado mes de febrero, un joven aceptó una condena de año y medio de prisión por arrojar una piedra contra una marquesina de autobús.
A ocho de lso acusados se les atribuye un delito de atentado y otro de desórdenes, y la condena es de 18 meses. A los otros cinco a un año por un delito de atentado, frente a los cinco años y diez meses de prisión que solicitaba la fiscalía.
Según la sentencia, en ambos casos se impone la pena mínima prevista en cada delito porque en el caso de atentado «no se puede imponer la agravante de que lanzaran objetos contundentes», mientras que en el de desórdenes se estima que, «dentro de la gravedad del delito, su impacto fue menor».
En la sentencia, el juez ha dado credibilidad a la versión de los Mossos, cuyo relato es la única prueba que incrimina a los acusados. De hecho, precisa que solo tiene dos opciones, «creer la versión policial o considerar que es falsa». Ante ello, concluye que «la Policía no miente», por lo que condena a los acusados.
Según apunta la agencia Efe, algunos de los condenados ya ha confirmado que recurrirá la pena.
El pasado mes de febrero, este mismo juzgado dictó sentencia respecto de otros de los manifestantes de Can Vies, uno de los cuales fue condenado a tres años y nueve meses de prisión por lanzar una botella a la Policía, la pena más alta impuesta por aquellos incidentes.
En otro juzgado también el pasado mes de febrero, un joven aceptó una condena de año y medio de prisión por arrojar una piedra contra una marquesina de autobús.
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