sábado, 28 de mayo de 2011

A SOLICITUD DE MINISTERIO PÚBLICO...


Prohibida caza y negocio de fauna en 10 estados

El Ministerio Público prohibió en 10 estados del país la caza, la comercialización ilícita y la tenencia de aves y otras especies de animales de la fauna silvestre, así como sus productos, en vías públicas (carreteras, autopistas, caminos, calles y avenidas, etc) y en locales comerciales no autorizados.
Tras solicitud del Ministerio Público, a través de sus fiscales adscritos a la Dirección de Defensa Integral del Ambiente y Delito Ambiental, fueron acordadas medidas de protección en el Área Metropolitana de Caracas y en los estados Anzoátegui, Bolívar, Falcón, Guárico, Lara, Monagas, Miranda, Sucre, Yaracuy y Zulia.
Las medidas acordadas por las distintas instancias judiciales consisten en que se prohíbe la caza de ejemplares de la fauna silvestre dentro de los parques nacionales, monumentos naturales, refugios o santuarios de fauna o en ecosistemas naturales, refirió una nota de prensa del Ministerio Público.
En la decisión de los tribunales se señala igualmente que está prohibida la caza, comercialización y tenencia ilícita de tortugas, aves canoras y otras especies de la fauna silvestre, así como sus productos, con fines de exportación para el lucro y beneficio económico personal.
Esta medida estará a cargo de la Guardia Nacional Bolivariana en los puntos de control. Las medidas no se aplicarán para los asentamientos indígenas, siempre y cuando las actividades que realicen no afecten a la fauna silvestre.
El Ministerio Público solicitó a tribunales de los 10 estados mencionados aplicar medidas de protección para la fauna silvestre, debido a la comercialización ilícita, lo cual ha repercutido negativamente en la reproducción y en el hábitat de los animales protegidos.
Además queda prohibida la promoción, comercialización y venta ilícita de ejemplares de la fauna silvestre por medios electrónicos y demás redes sociales de comunicación.
La Fiscalía indica que, “a los fines del cumplimiento de la presente medida, se ordena al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente y al Instituto Nacional de Parques (Inparques) su difusión por los medios de comunicación y que se notifique al Ministerio Público de inmediato ante cualquier actividad ilícita referida a ejemplares de la fauna silvestre”.

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