Presentarán ley para sancionar crímenes de lesa humanidad
En una marcha que partirá del Ministerio Público será consignado ante el Poder Legislativo el proyecto de ley para sancionar los crímenes, desapariciones, torturas y otras violaciones de los derechos humanos
En una marcha que partirá del Ministerio Público, este martes será consignado ante el Poder Legislativo el proyecto de ley para sancionar los crímenes, desapariciones, torturas y otras violaciones de los derechos humanos por razones políticas y reparación e indemnización a las víctimas, período 1958-1998.
La propuesta abarca -fundamentalmente- la reivindicación política de los afectados y el resarcimiento de los daños psicológicos, económicos, patrimoniales y morales sufridos durante la violencia desatada por el derrocamiento de la dictadura perezjimenista (1958) y las acciones represivas contra la oposición de izquierda a lo largo de los gobiernos puntofijistas que culminaron con la presidencia de Rafael Caldera.
Los juicios que sobre esta materia serán solicitados al Ministerio Público, además del apoyo operativo de ese Despacho, tendrán carácter prioritario y estarán soportados por las investigaciones de la Comisión de la Verdad y la Justicia(CVJ) que, según el texto, estará adscrita al despacho del presidente de la República, quien la juramentará y dotará de presupuesto propio.
Aunque todo el trabajo de la CVJ estará encaminado al enjuiciamiento y castigo de los autores intelectuales y materiales de los crímenes contemplados en el mencionado período, la propuesta no define todavía las penas que deberán ser aplicadas. Tampoco si tendrá carácter orgánico, a pesar de estar sustentada en disposiciones constitucionales en materia de derechos humanos o si se regirá por una ley especial o por la legislación penal vigente que fue reformada con posterioridad a la promulgación de la Carta Magna, justamente para castigar con pena de 15 a 25 años “a cualquier persona al servicio del Estado que ilegítimamente prive de su libertad a una persona y se niegue a reconocer la detención o a dar información sobre el destino o la situación de la persona desaparecida, impidiendo, el ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales y legales”.
La legislación penal vigente contiene garantías procesales como la presunción de inocencia, el juicio en libertad, derecho a la defensa, entre otros, con los cuales han sido procesados hasta ahora reos de graves delitos contra los derechos humanos. Algunos de estos imputados no fueron sentenciados ni absueltos, como el caso de Henry López Sisco, quien logró huir del país y se encuentra prófugo de la justicia.
Por último, el preámbulo del proyecto destaca algunas de las principales fuentes militares de represión en el período 1958-1998, entre ellos los siguientes Teatros de Operaciones(TO):
TO1 Cabure, estado Falcón
TO2 Cachipo, estado Monagas
TO3 El Tocuyo, estado Lara
TO4 Cocollar estado Sucre
TO5 Yumare, estado Yaracuy.
La propuesta abarca -fundamentalmente- la reivindicación política de los afectados y el resarcimiento de los daños psicológicos, económicos, patrimoniales y morales sufridos durante la violencia desatada por el derrocamiento de la dictadura perezjimenista (1958) y las acciones represivas contra la oposición de izquierda a lo largo de los gobiernos puntofijistas que culminaron con la presidencia de Rafael Caldera.
Los juicios que sobre esta materia serán solicitados al Ministerio Público, además del apoyo operativo de ese Despacho, tendrán carácter prioritario y estarán soportados por las investigaciones de la Comisión de la Verdad y la Justicia(CVJ) que, según el texto, estará adscrita al despacho del presidente de la República, quien la juramentará y dotará de presupuesto propio.
Aunque todo el trabajo de la CVJ estará encaminado al enjuiciamiento y castigo de los autores intelectuales y materiales de los crímenes contemplados en el mencionado período, la propuesta no define todavía las penas que deberán ser aplicadas. Tampoco si tendrá carácter orgánico, a pesar de estar sustentada en disposiciones constitucionales en materia de derechos humanos o si se regirá por una ley especial o por la legislación penal vigente que fue reformada con posterioridad a la promulgación de la Carta Magna, justamente para castigar con pena de 15 a 25 años “a cualquier persona al servicio del Estado que ilegítimamente prive de su libertad a una persona y se niegue a reconocer la detención o a dar información sobre el destino o la situación de la persona desaparecida, impidiendo, el ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales y legales”.
La legislación penal vigente contiene garantías procesales como la presunción de inocencia, el juicio en libertad, derecho a la defensa, entre otros, con los cuales han sido procesados hasta ahora reos de graves delitos contra los derechos humanos. Algunos de estos imputados no fueron sentenciados ni absueltos, como el caso de Henry López Sisco, quien logró huir del país y se encuentra prófugo de la justicia.
Por último, el preámbulo del proyecto destaca algunas de las principales fuentes militares de represión en el período 1958-1998, entre ellos los siguientes Teatros de Operaciones(TO):
TO1 Cabure, estado Falcón
TO2 Cachipo, estado Monagas
TO3 El Tocuyo, estado Lara
TO4 Cocollar estado Sucre
TO5 Yumare, estado Yaracuy.
No hay comentarios:
Publicar un comentario