Arturo Tremont:
Impacto en pensiones y jubilaciones
El aumento del salario mínimo se aplica al monto de las pensiones y jubilaciones, por mandato de la Constitución (Art. 80, CRBV).
Los pensionados y pensionadas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales son los primeros en cobrarlo, por el sistema contable que paga el mes por adelantado.
En la Administración Pública algunos organismos tardan hasta un año para cancelar el monto y el retroactivo con la diferencia. La mayoría debe esperar que la Asamblea Nacional apruebe un crédito adicional para honrar el compromiso con los jubilados y pensionados.
Además, existe una desigualdad entre los pensionados “puros” que solo reciben la pensión del IVSS, mientras que un grueso sector es beneficiario de la pensión de vejez (IVSS) y la jubilación que recibe del organismo oficial donde laboró durante 25 años o más. Es decir, cuando ocurre el aumento hay un grupo que recibe 30% por el IVSS y 30 % por la jubilación.
El impacto fundamental radica en que cualquier aumento, por alto que éste sea y se acerque al índice inflacionario, cumple la función de elevar el valor nominal del ingreso pero solo a los efectos de los gastos de alimentación. Por eso se ha planteado que la pensión sea igual al costo de la canasta básica, bajo los indicadores del Instituto Nacional de Estadísticas.
Quienes tienen hijos o hijas amparados por HCM, reciben medicamentos costeados por dichas pólizas colectivas. Buena parte de los pensionados y jubilados deben adquirirlos en farmacias privadas al precio del mercado, lo cual les consume más de la mitad de la pensión.
Las medicinas deben ser personalizadas en centros de salud y farmacias autorizadas, con descuentos importantes. Esas son metas de la seguridad social.
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